La Cámara de Representantes de Misiones aprobó la modificación de la Ley III N.º 2 de Defensa del Consumidor, incorporando de forma explícita la figura del consumidor o usuario hipervulnerable. La medida busca dotar de mayor protección y herramientas legales a aquellas personas que enfrentan desventajas estructurales al contratar bienes y servicios.
La iniciativa, impulsada por la diputada Carolina Butvilofsky junto a otros legisladores, añade el artículo 2 bis a la normativa provincial, definiendo como hipervulnerables a quienes sufran condiciones de vulnerabilidad por razones de edad, género, estado físico o mental, situación socioeconómica, discapacidad, nivel educativo o contexto cultural y territorial.
Todos somos iguales frente a la ley, pero no todos somos iguales desde el mismo lugar”, fundamentó Butvilofsky durante el debate parlamentario, ejemplificando las barreras que atraviesa un adulto mayor frente a las operaciones financieras digitales en comparación con un usuario habituado a la tecnología.
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“Hiposuficiencia digital” y la trampa del clic
Uno de los ejes centrales de la reforma es la incorporación del concepto de hiposuficiencia digital, diseñado para resguardar a quienes carecen de destrezas o herramientas para interactuar en entornos cibernéticos, banca electrónica y aplicaciones de consumo.
La legisladora advirtió sobre el creciente endeudamiento familiar asociado a contrataciones engañosas e instantáneas:
Contratación a un solo clic: Se analizará la responsabilidad real del consumidor y de las entidades financieras al momento de otorgar créditos o servicios digitales.
Protección ante estafas: La norma otorga herramientas a la Justicia y a la administración pública para intervenir en desequilibrios comerciales digitales.
Trato preferente y acceso garantizado a la Justicia
La reforma suma además el artículo 4 bis, el cual exige un trato preferente, equitativo y digno para los usuarios hipervulnerables. Entre las garantías acordadas se destacan:
Prioridad de trámite: Celeridad en la resolución de reclamos administrativos.
Lenguaje claro: Obligación de comunicar condiciones y contratos de forma comprensible y accesible.
Adecuación de procesos: Procedimientos adaptados a las capacidades del reclamante y acompañamiento institucional cuando sea requerido.
Con este nuevo marco regulatorio, la Legislatura misionera busca derribar barreras burocráticas y brindar respaldo jurídico directo a jueces, abogados y ciudadanos para hacer valer los derechos de los sectores más frágiles de la provincia.
fuente: Misiones Opina
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